Delante de una estantería, dos productos «sin gluten» no siempre son equivalentes —y algunos productos perfectamente seguros no llevan ningún logo. Así se lee una etiqueta en Europa, y estas son las trampas que incluso los lectores más atentos pasan por alto.
Lo que dice la ley europea
Desde el reglamento europeo de 2014, solo dos menciones están reguladas:
| Mención | Umbral | ¿Para quién? |
|---|---|---|
| «Sin gluten» | ≤ 20 mg/kg (20 ppm) | Seguro para las personas celíacas |
| «Muy bajo contenido en gluten» | ≤ 100 mg/kg | Productos a base de cereales tratados — no recomendado para celíacos |
El umbral de 20 ppm no es «un poco de gluten tolerado por cortesía»: es el límite por debajo del cual los estudios no observan lesiones en las personas celíacas dentro de una alimentación normal. Un producto ≤ 20 ppm se considera, por tanto, seguro para la gran mayoría de las personas celíacas.
La espiga de trigo tachada: un logo, una licencia
El famoso espiga tachada dentro de un círculo (ELS, Encircled Licensed Symbol) no es decorativo: es una marca registrada por las asociaciones celíacas europeas (AOECS), utilizable únicamente bajo licencia, con auditorías y análisis que la respaldan. En Francia, es la AFDIAG quien gestiona la licencia; en España, la FACE.
Para recordar:
- Espiga tachada = controlado por una asociación celíaca. Es el nivel de confianza máximo en el lineal.
- «Sin gluten» sin logo = también legal: la mención por sí sola ya compromete al fabricante con los 20 ppm. Muchos productos seguros no han pagado la licencia del logo.
- Un logo casero (espiga tachada de fantasía, diseñada por la marca) solo compromete… al diseñador gráfico. Compruebe la mención reglamentaria.
Las trampas clásicas
- «Posibles trazas de gluten»: esta mención es voluntaria y no está regulada. Un producto «sin gluten» con mención de trazas sigue cumpliendo los 20 ppm; un producto sin ninguna mención no es necesariamente más seguro. Paradójico, pero así es.
- La malta de cebada: jarabe de malta, aroma de malta, extracto de malta —se cuela en cereales de desayuno, salsas y golosinas que «no tienen trigo». La cebada es gluten.
- La avena: permitida en el «sin gluten» europeo si se produce específicamente sin contaminación —pero una parte de los celíacos también reacciona a la avenina. Nuestras fichas señalan los establecimientos que la utilizan.
- La salsa de soja: la receta clásica contiene trigo. Solo el tamari certificado sin gluten está exento.
- El trigo desamidonado: permitido en los productos sin gluten europeos (se le ha retirado el gluten), pero problemático para las personas alérgicas al trigo —no es la misma condición.
¿Y en el extranjero?
El umbral de 20 ppm es un consenso en Europa, Estados Unidos y Canadá, pero no en todas partes: en Australia y Nueva Zelanda, «gluten free» significa sin gluten detectable (ni avena ni cereales malteados), y Argentina fija el límite en 10 mg/kg. Los logos también cambian: «Sin TACC» oficial en Argentina, logos de las asociaciones nacionales en otros lugares. El reflejo universal: buscar la mención reglamentaria sin gluten en el idioma local —y en el restaurante, apoyarse en direcciones verificadas en lugar de en la confianza ciega. Es exactamente lo que hace el mapa Nutrixe, país por país.
Esta información no sustituye una consulta médica. En caso de duda sobre un producto, la AFDIAG y las asociaciones nacionales publican listas de productos controlados, actualizadas de forma continua.
Fuentes
- FACE, Certificación alimentaria sin gluten, celiacos.org, consultado en octubre de 2026. La Espiga Barrada es una marca registrada regulada por la AOECS, que delega su concesión y control en las asociaciones nacionales; en España, FACE certifica según el Estándar AOECS.
- Reglamento de Ejecución (UE) n.º 828/2014 de la Comisión, de 30 de julio de 2014, relativo a los requisitos para la transmisión de información a los consumidores sobre la ausencia o la presencia reducida de gluten en los alimentos, Diario Oficial de la Unión Europea, L 228. «Sin gluten»: 20 mg/kg como máximo; «muy bajo en gluten»: 100 mg/kg como máximo; avena admitida si se produce especialmente para evitar la contaminación.
- Codex Alimentarius, Standard for foods for special dietary use for persons intolerant to gluten, CXS 118-1979, revisada en 2008. El umbral internacional de 20 mg/kg para los alimentos sin gluten.
- Akobeng A. K., Thomas A. G. Systematic review: tolerable amount of gluten for people with coeliac disease. Alimentary Pharmacology & Therapeutics, 2008;27(11):1044-1052. Menos de 10 mg de gluten al día difícilmente provoca lesiones significativas.
- Reglamento (UE) n.º 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2011, sobre la información alimentaria facilitada al consumidor, Diario Oficial de la Unión Europea, L 304. Anexo II: cebada, trigo, centeno, avena y sus derivados (malta incluida) deben declararse; artículo 36: la mención de presencia eventual de un alérgeno es información voluntaria.
- Al-Toma A. et al. European Society for the Study of Coeliac Disease (ESsCD) guideline for coeliac disease and other gluten-related disorders. United European Gastroenterology Journal, 2019;7(5):583-613. La avena no contaminada la tolera la gran mayoría de los celíacos; un pequeño porcentaje reacciona.
- FSANZ, Australia New Zealand Food Standards Code – Schedule 4 – Nutrition, health and related claims, Federal Register of Legislation, versión del 29 de octubre de 2024 (declaraciones reguladas por la Standard 1.2.7). «Gluten free»: sin gluten detectable, sin avena ni productos de avena, sin cereales con gluten malteados.
- Código Alimentario Argentino, art. 1383 (Resolución Conjunta 131/2011 y 414/2011, modificada por la Resolución Conjunta 32/2023), argentina.gob.ar. «Libre de gluten»: 10 mg/kg como máximo.
